Resumen del caso

Compartimos un nuevo caso en el que ejercimos la defensa de una clienta acusada de cometer un delito contra la seguridad vial en Madrid. A esta persona se le citó para un juicio rápido después de superar la tasa de alcoholemia permitida.

Según el atestado policial, el 8 de enero de 2022, sobre las 02:30 horas de la madrugada, nuestra clienta circulaba por la capital con su vehículo. Haciéndolo con sus facultades de atención y reflejos severamente disminuidos por la previa ingesta de alcohol. Lo que provocaba que su conducción fuera de forma irregular.

Ante los síntomas evidentes de que la acusada se hallaba bajo la influencia del alcohol se le sometió a dos pruebas de alcoholemia. En ellas arrojó unos resultados de 0,97 miligramos de alcohol por litro de aire espirado a las 02:57 horas. Y de 0,98 miligramos por litro de aire espirado a las 03:16.

Por ello y teniendo en cuenta el artículo 379.2 del Código Penal se le propuso una sanción de:

  • 6 meses de multa a razón de una cuota diaria de 3 euros con responsabilidad personal subsidiaria.
  • Retirada del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 1 año y 3 días.

Rebajamos la condena mediante sentencia de conformidad

Dada la contundencia de las pruebas existentes contra nuestra clienta era imposible lograr una absolución. Por ello recomendamos aceptar los hechos y prestar conformidad ante el Juzgado de Guardia. El objetivo era lograr una sentencia que rebajara la condena al mínimo posible.

Por ello, con la autorización de nuestra clienta, buscamos un acuerdo de conformidad con el Ministerio Fiscal para aceptar los hechos y conseguir una reducción de pena conforme al artículo 801 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así lograríamos reducir un tercio la propuesta de sanción

En sentencia de conformidad el juez condenó a nuestro cliente como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad vial según el artículo 379.2 del Código Penal.

Reducción de un tercio

Mostrada nuestra conformidad con lo dispuesto por la Policía Municipal, logramos reducir la pena en un tercio. La condena finalmente impuesta fue de:

  • 4 meses de multa a razón de una cuota diaria de 3 euros con responsabilidad personal subsidiaria. Con privación de libertad de un día por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
  • Retirada del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 8 meses y 2 días.

De esta manera la reducción lograda fue de:

  • 2 meses de multa con una cuota diaria de 3 euros. De 6 meses a 4.
  • 4 meses y 1 día en la privación del derecho a conducir. De 12 meses y 3 días a ocho meses y dos días.

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