Resumen del caso

Compartimos un nuevo caso en el que ejercimos la defensa de un cliente acusado de cometer un delito contra la seguridad vial en Madrid. A esta persona se le citó para un juicio rápido después de superar la tasa de alcoholemia permitida.

Al revisar el atestado policial comprobamos los hechos que la asusación presentaba contra nuestro cliente. Así pues, el 4 de abril de 2022, nuestro cliente circulaba en su motocicleta por la localidad de Madrid. Lo hacía bajo la influencia de una intoxicación etílica contraída con anterioridad, que le impedía la conducción en las debidas condiciones de seguridad. Hasta el punto de llegar a perder la verticalidad y caer sobre la calzada.

Al serle practicada la prueba de determinación del grado de impregnación alcohólica con etilómetro arrojó los siguientes resultados. 0,77 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en la primera comprobación y 0,76 en la segunda.

Por ello se le propuso una sanción de:

  • 6 meses de multa con una cuota diaria de 7 euros.
  • Retirada del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 1 año.
  • El pago de las costas procesales.

Sentencia de conformidad y reducción de condena

Dada la contundencia de las pruebas existentes contra nuestro cliente, determinamos que era imposible lograr una absolución. Con lo cual recomendamos aceptar los hechos y prestar conformidad ante el Juzgado de Guardia. El objetivo era lograr una sentencia que rebajara la condena al mínimo posible.

Así pues, y siempre con la autorización de nuestro cliente, buscamos un acuerdo de conformidad con el Ministerio Fiscal para aceptar los hechos y conseguir una reducción de pena conforme al artículo 787 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así lograríamos rebajar un tercio la propuesta de sanción.

En sentencia de conformidad el juez condenó a nuestro cliente como autor de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Por ello le impuso una pena de:

  • 4 meses de multa con una cuota diaria de 7 euros.
  • Retirada del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 8 meses y 1 día.
  • El pago de las costas procesales.

Lo que significa una reducción en 2 meses en la pena de multa y en prácticamente 4 meses en la retirada del permiso de conducir respecto a las propuestas iniciales de sanción.

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