Resumen del caso
- Motivo: Juicio rápido por Alcoholemia
- Ciudad: Valladolid
- Fecha: 18/08/2025
- Juzgado: Juzgado de Instrucción nº5
- Sentencia: 246/2025
- Resultado: Reducción de pena en conformidad
Presentamos un nuevo caso de éxito obtenido por nuestro equipo de abogados expertos en juicios rápidos por alcoholemia. En esta ocasión, logramos la mínima condena posible para nuestro cliente tras ser denunciado por conducir bajo los efectos del alcohol y cometer un delito contra la seguridad vial en la provincia de Valladolid.
Hechos que originaron la denuncia
La madrugada del 17 de agosto de 2025, sobre las 3:40 horas, nuestro cliente conducía su vehículo por el punto kilométrico 309 de la carretera N-122, dentro del término municipal de Peñafiel. Durante su trayecto fue interceptado por agentes de la Guardia Civil al observar estos poca destreza en su conducción.
Al darle el alto, los agentes constataron en el conductor síntomas claros de influencia alcohólica como halitosis, habla pastosa y deambulación inestable. Por ello, decidieron efectuarle un test de alcoholemia.
Los resultados de las pruebas de alcoholemia, practicadas con un etilómetro oficial, arrojaron valores positivos de 0,79 mg/l y 0,80 mg/l en aire espirado.
Estos hechos motivaron la apertura de diligencias urgentes y la citación a un juicio rápido por un delito de alcoholemia.
Nuestro trabajo: reducir la condena al mínimo legal
Después de ser contactados por el cliente, realizamos un análisis minucioso del atestado policial y de las pruebas recopiladas en él. Verificamos que todo el procedimiento se había realizado correctamente y que no existía posibilidad alguna de obtener la absolución.
Por ello, nos centramos en negociar con el Ministerio Fiscal una rebaja en la propuesta inicial de condena. A cambio, les ofrecimos mostrar conformidad con los cargos y no oponernos a su propuesta.
Desde el Ministerio Fiscal aceptaron esta idea y nos trasladaron la siguiente petición de condena:
- 9 meses de multa a 6 euros diarios.
- 1 año, 3 meses y 1 día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
Una vez nos llegó esta propuesta, mostramos conformidad con ella y el procedimiento concluyó con una sentencia de conformidad. Esta circunstancia posibilitó, además, que la pena de nuestro cliente se rebajase en un tercio.
Esto es porque el artículo 801 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite, en aquellos casos donde exista conformidad, aplicar una reducción añadida de un tercio en las penas propuestas. De tal manera que la pena definitiva fue la de:
- 6 meses de multa a 6 euros diarios.
- 10 meses y 1 día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
Gracias a nuestra intervención, conseguimos en sede judicial que la pena final impuesta fuera la mínima posible para nuestro cliente.
En este caso, la rapidez del cliente a la hora de contactar con nuestro despacho resultó fundamental porque apenas pasó un día entre el delito y el juicio rápido por alcoholemia.
Podemos ayudarle
Somos abogados especialistas en juicios rápidos por alcoholemia en Valladolid. Si necesita un despacho con amplia experiencia en Derecho Procesal Penal, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.
Contacte con nosotrosSENTENCIA
En VALLADOLID, a dieciocho de agosto de dos mil veinticinco. Vistos por el Ilmo. Sr. D. XXXXXXXXXXX, JUEZ de este Juzgado los presentes autos, registrados con el número indicado en el encabezamiento de esta resolución y habiendo intervenido el Ministerio Fiscal, XXXXXXXXX asistido/a/s del/de la/s abogado/a/s D/Dña. XXXXXXXXX, se procede EN NOMBRE DE S.M. EL REY a dictar la presente resolución.
ANTECEDENTES
PRIMERO.- En este Juzgado se han incoado Diligencias Urgentes en virtud de atestado no XXXXX/2025procedentes de GUARDIA CIVIL UNI. INVEST. SEGURIDAD VIAL VALLADOLID. Seguido el procedimiento por los trámites correspondientes, se ha formulado acusación por el Ministerio Fiscal contra XXXXXXXXXXX, calificando los hechos como delito(s) de CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIAS BEB. ALCOHÓLICAS/DROGAS, y solicitado la imposición de las siguiente(s) pena(s): a la pena de 9 MESES DE MULTA CON UNA CUOTA DIARIA DE 6 EUROS, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago conforme determina el artículo 53 Código Penal y PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR VEHÍCULOS A MOTOR Y CICLOMOTORES POR TIEMPO DE 1 AÑO TRES MESES Y 1 DIA y al pago de las costas procesales.
SEGUNDO.- La defensa, con la conformidad del/de la/s acusado/a/s, ha solicitado se dicte sentencia de conformidad con el escrito de acusación. El Sr./a Letrado de la Administración de Justicia ha informado al acusado de las consecuencias de la conformidad y se le ha oído para determinar si ha sido prestado libremente y con conocimiento de sus consecuencias.
TERCERO.- Prestada la conformidad, se ha procedido de inmediato a dictar sentencia oralmente, según consta en el acta de comparecencia, conforme a lo previsto en el artículo 801.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Las partes, una vez conocido el fallo, han manifestado su decisión de no recurrir, por lo que, acto seguido, ha sido declarada la firmeza de la sentencia.
CUARTO.- En la sustanciación de este proceso se han observado las formalidades legales procedentes.
HECHOS PROBADOS
PRIMERO.- Queda probado y así se declara expresamente, que sobre las 3:40 horas del día 17-8-2025, el acusado XXXXXXXXX, mayor de edad DNI XXXXXXX y sin antecedentes penales, conducía el vehículo CITROEN C4 PICASSO con matrícula XXXX-XXX por el P.K 309 de la carretera N-122, término municipal de Peñafiel, partido judicial de Valladolid, haciéndolo después de haber ingerido diversas bebidas alcohólicas que disminuían sus facultades pisco-físicas para efectuar una correcta conducción.
Sometido a las correspondientes pruebas alcoholimétricas, las mismas arrojaron sendos resultados positivos de 0,79mgrs/l y 0,80 mgrs/l en aire espirado , en primera y segunda toma respectivamente.
Además, como síntomas externos que evidenciaban la influencia etílica presentaba el acusado, notoria halitosis alcohólica distancia y fuerte de cerca, habla pastosa y titubeante, y deambulación con oscilaciones de la verticalidad del cuerpo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito de CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIAS BEB. ALCOHÓLICAS/DROGAS, del que resulta/n responsable/s, en concepto de XXXXXXXX, y al que procede imponer la pena interesada por el Ministerio Fiscal, reducida en un tercio, según lo previsto en el artículo 801 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, precepto en el que se establece los presupuestos legales para dictar sentencia penal condenatoria de conformidad, que concurren y se cumplen en este caso.
SEGUNDO.- A tenor de lo previsto en el artículo 123 del Código Penal, las costas procesales se entienden impuestas por la ley a los criminalmente responsables de todo delito.
Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación al caso.
FALLO
Condeno a XXXXXXXXXXX como autor responsable un Delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción alcohólica, a la pena de 6 MESES DE MULTA CON UNA CUOTA DIARIA DE 6 EUROS, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago conforme determina el artículo 53 Código Penal y PRIVACION DEL DERECHO A CONDUCIR VEHICULOS A MOTOR Y CICLOMOTORES POR TIEMPO DE 10 MESES Y 1 DIA y al pago de las costas procesales.
Remítase el original al libro de sentencias, dejando testimonio en autos.
Así por esta sentencia lo pronuncia, manda y firma D./Da XXXXXXXXXXX de este Juzgado. Doy fe.