La pena de multa en los juicios rápidos

Pena de multa en los juicios rápidos

En el ámbito de los juicios rápidos, es muy habitual que se condene al pago de una multa, ya que esta es una pena que conllevan muchos de los delitos que se pueden enjuiciar a través de este procedimiento (por ejemplo, el delito por exceso de velocidad del artículo 3791.1 del Código Penal).

Por otra parte, debemos destacar que ganar un juicio rápido no es fácil, por el tipo de delito que se suele enjuiciar (ya que el proceso comienza por un atestado policial, y además, en muchos casos se trata de delitos flagrantes).

Así pues, suele ser aconsejable aceptar que se dicte sentencia de conformidad, una posibilidad que está presente siempre en los juicios rápidos cuando la pena es de multa, con independencia de su cuantía. De este modo, la pena se reducirá en un tercio.

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¿En qué consiste la pena de multa?

La pena de pena de multa es una sanción pecuniaria. Es decir, es una pena por la que se condena a una persona, en un procedimiento penal, al pago de una cantidad de dinero.

Esta pena se regula en la Sección. 4ª (De la pena de multa) del Capítulo I (De las penas, sus clases y efectos) del Título III (De las penas) del Libro II (Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal) del Código Penal, que va de los artículos 50 a 53 de esta ley.

¿Qué tipos de penas de multa existen?

En el Código Penal se prevén dos posibles tipos de penas de multas:

El sistema de días-multa

Es el tipo de multa que se aplica por defecto, ya que el artículo 50.2 del Código Penal dice: “La pena de multa se impondrá, salvo que la Ley disponga otra cosa, por el sistema de días-multa”.

Tendrá una extensión mínima de 10 días y máxima de 2 años, y en el caso de las personas jurídicas su extensión máxima será de 5 años.

La cuota diaria será de entre 2 y 400 euros, excepto en el caso de las personas jurídicas, cuyos límites se sitúan entre los 30 y los 5.000 euros.

Multa proporcional

Solo se prevé la multa proporcional en el caso de ciertos delitos. Un ejemplo de ello es el delito contra la salud pública del artículo 368 del Código Penal, que contempla, además de ciertas penas de prisión, penas de multa del tanto al triplo del valor de la droga o del tanto al duplo, según el caso.

¿Cómo se establece la cuantía de la pena de multa?

En el caso del sistema de días-multa, que ya sabemos que es el más habitual, el Juez o Tribunal debe motivar en la sentencia la extensión de la pena de multa, dentro de los límites del Capítulo II del Título III del Libro II del Código Penal.

De igual modo, tendrán que fijar en la sentencia el importe de las cuotas, para lo cual tendrá en cuenta solo la situación económica del reo, deducida de su patrimonio, ingresos, obligaciones y cargas familiares y el resto de sus circunstancias personales.

Cuando se trata de una multa proporcional, la multa se establecerá en proporción al daño causado, el valor del objeto del delito y el beneficio que el mismo haya supuesto.

¿Qué ocurre si la persona condenada no paga la multa?

El condenado tiene que pagar la multa voluntariamente, o bien por la vía de apremio si no lo hace de esta forma. Pero si continúa sin pagar, en el supuesto del sistema de días-multa, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria que equivale a 1 día de privación de libertad por dada 2 cuotas diarias que no haya pagado. Si se trata de un delito leve, se podrá cumplir por localización permanente.

El Juez o Tribunal puede acordar también, si el penado presta su conformidad para ello, que la responsabilidad subsidiaria se cumpla con trabajos en beneficio de la comunidad, equivaliendo cada día de privación de libertad a una jornada de trabajo.

Por otro lado, en los casos de multa proporcional, el Juez o Tribunal establecerá, según su prudente arbitrio, la responsabilidad personal subsidiaria que proceda, si bien en ningún caso podrá durar más de 1 año. Igualmente podrá acordar, con la conformidad del penado, que se cumpla con trabajos en beneficio de la comunidad.

El Código Penal establece que esta responsabilidad subsidiaria no se impondrá a quienes hayan sido condenados a pena privativa de libertad por tiempo superior a 5 años.

Por otro lado, si es una persona jurídica quien no paga la multa, de forma voluntaria ni por la vía de apremio, el Tribunal podrá acordar su intervención hasta que complete el pago.

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