Los delitos leves en el Código Penal

Delitos leves

Hasta 2015, existían en nuestro Código Penal las faltas penales. A raíz de la reforma del Código Penal de 2015, las faltas fueron sustituidas por los delitos leves, que son conductas ilícitas pero sin la gravedad que sí tienen los delitos. En consecuencia, las penas con las que se suele castigar a los que cometen delitos leves son también menores.

Tras dicha reforma hay algunas conductas que antes se consideraban faltas y que ahora incluso se han despenalizado, las cuales se tramitan únicamente por la vía administrativa.

3. Son delitos leves las infracciones que la ley castiga con pena leve.

Artículo 13.3 del Código Penal

¿Cuáles son las características de los delitos leves en España?

Básicamente, los delitos leves mantienen las mismas características que las ‘antiguas’ faltas, con las siguientes diferencias:

  1. Las faltas no implicaban la aparición de antecedentes penales, algo que sí ocurre con los delitos leves.
  2. Para perseguir un delito leve, es necesario que exista una denuncia de la víctima.
  3. Las penas de los delitos leves suelen ser algo más elevadas que las de sus faltas correspondientes.
  4. El plazo de prescripción es de un año, frente a los seis meses que debían transcurrir en el caso de las faltas.

1. Los delitos prescriben:

(...)

A los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año.

Artículo 131.1 del Código Penal

En cambio, lo que no varía es el procedimiento judicial. En ambos casos, el encargado de la causa es el juez de instrucción. Salvo, eso sí, que se trate de un delito de violencia de género.

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¿Con qué penas se castigan los delitos leves?

Es el artículo 33 del Código Penal el que regula las penas que se aplican a los delitos leves. Entre esas penas leves, encontramos las siguientes:

  • Privación del derecho a conducir: entre 3 meses y 1 año.
  • Prohibición de tener y usar armas: entre 3 meses y 1 año.
  • Inhabilitación para el ejercicio del oficio o la profesión relacionada con los animales y para su tenencia: entre 3 meses y 1 año.
  • Privación del derecho a residir o acudir a determinados lugares: menos de 6 meses.
  • Prohibición de acercarse a su víctima o a sus familiares más cercanos: entre 1 mes y 6 meses.
  • Prohibición de comunicarse con su víctima o con sus familiares: entre 1 mes y 6 meses.
  • Multa económica: hasta 3 meses.
  • Obligación de estar localizable de forma permanente: hasta 3 meses.
  • Trabajos en beneficio de la comunidad: hasta 30 días.

1. En función de su naturaleza y duración, las penas se clasifican en graves, menos graves y leves.

(...)

4. Son penas leves:

a) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.

b) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año.

c) Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de tres meses a un año.

d) La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses.

e) La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.

f) La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.

g) La multa de hasta tres meses.

h) La localización permanente de un día a tres meses.

i) Los trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días.

Artículo 33 del Código Penal

¿Qué delitos se clasifican como leves?

Actualmente, son muchos los delitos que reciben la calificación de delito leve. Podemos comentar como ejemplos de delitos leves los siguientes:

  • Hurto
  • Lesiones
  • Amenazas
  • Apropiación indebida
  • Coacciones
  • Abandono de animales
  • Omisión del deber de socorro
  • Daños por imprudencia
  • Estafa
  • ...

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