Resumen del caso
- Motivo: Juicio rápido por Alcoholemia
- Ciudad: León
- Fecha: 17/12/2024
- Juzgado: Juzgado de lo Penal nº2 de León
- Sentencia: 590/2024
- Resultado: Reducción de pena en conformidad
Compartimos un nuevo caso de éxito logrado por nuestro equipo de abogados en León. Allí conseguimos reducir la condena de un cliente al mínimo posible después de que le acusaran de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
El juicio se celebró el día 17 de diciembre de 2024 en el Juzgado de lo Penal nº2 de la ciudad. Este caso es un tanto particular porque a base de trabajo conseguimos la reducción de un tercio en la pena propuesta, algo que si bien es muy habitual en los juicios rápidos por alcoholemia normalmente no se da en procedimientos abreviados como este.
¿De qué acusaban a nuestro cliente?
Para conocer los hechos que la acusación presentaba contra nuestro cliente tuvimos acceso al atestado policial. En este documento se relataba lo siguiente.
El acusado, una persona mayor de edad y carente de antecedentes penales, fue interceptado el 6 de diciembre de 2021 mientras conducía un vehículo por un camino vecinal entre Vegas del Condado y Cerezales del Condado. En el punto kilométrico 0,2 sentido Cerezales, perdió el control del vehículo y colisionó contra la barandilla de protección.
A raíz de este accidente llegó allí una patrulla de la Guardia Civil que le sometió a una prueba de alcoholemia. En ella arrojó resultados positivos de 0,75 y 0,70 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, respectivamente.
Como resultado de estos hechos, además de recibir la pertinente citación para el juicio por el delito contra la seguridad vial, el Ayuntamiento de Vegas del Condado presentó una reclamación directa a Allianz (aseguradora de nuestro cliente) por los daños causados a la infraestructura pública, valorados en 698,17 euros.
Estrategia de defensa
Este cliente se puso en contacto con nuestro equipo de abogados buscando ayuda durante el proceso.
A diferencia de lo que suele ser habitual, que es que este tipo de procedimientos se resuelvan en un juicio rápido, la falta de acuerdo entre las aseguradoras involucradas en el accidente obligaron a que se tuviera que enjuiciar por medio de un procedimiento abreviado, prácticamente tres años después.
En este procedimiento abreviado le comunicamos al Ministerio Fiscal que aceptaríamos la culpabilidad y la pena propuesta, mostrando conformidad con sin litigar, a cambio de una reducción en su propuesta inicial de condena.
Tras ver con buenos ojos esta idea, el Ministerio Fiscal solicitó imponer al acusado la pena de:
- 6 meses de multa a razón de 4 euros diarios.
- 12 meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
- La compañía Allianz debía asumir la indemnización correspondiente al Ayuntamiento de Vegas del Condado en la cantidad de 698,17 euros.
Conseguimos la reducción de un tercio en procedimiento abreviado
Mostramos conformidad con esta propuesta y conseguimos que se le aplicara la reducción de un tercio en la pena, propia de las sentencias de conformidad en los juicios rápidos, pese a tratarse de un procedimiento abreviado.
El Fiscal entendió que la extensión en el tiempo de este proceso fue por causas ajenas a nuestro cliente y decidió rebajar en un tercio su pena definitiva, que fue la de:
- 4 meses de multa, con una cuota diaria de 4 euros.
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 244 días.
- Indemnización al Ayuntamiento de Vegas del Condado por 698,17 euros por parte de la compañía Allianz.
Gracias a nuestras gestiones, el cliente logró la menor condena posible, permitiéndole seguir adelante con su vida con mínimas consecuencias legales y económicas.
Podemos ayudarle
Somos abogados especialistas en juicios rápidos por alcoholemia en León. Si necesita un despacho con amplia experiencia en Derecho Procesal Penal, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.
Contacte con nosotrosSENTENCIA
En León, a 17 de diciembre de 2024.
Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de lo Penal Nº 2 de León, XXXXXXX XXXXXXX XXXXX, los presentes autos de Juicio Oral seguidos ante este Juzgado con el número de PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº XXX/XXXX remitidos por el Juzgado de Instrucción nº X de León (DPA XXXX/XX) para su enjuiciamiento por un presunto DELITO DE CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, en el que han sido partes, el MINISTERIO FISCAL, como acusación, y como acusado XXXXXXX XXXXXXX XXXXX, con DNI número XXXXXXXX, mayor de edad y carente de antecedentes penales, representado por el Procurador de los Tribunales XXXXXXX XXXXXXX XXXXX, y asistido de su letrada XXXXXXX XXXXXXX XXXXX.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 22 de diciembre de 2021 se iniciaron las presentes diligencias previas, en virtud de atestado nº XXX/XX de fecha 6 de diciembre de 2021, de la Guardia Civil de León, agrupación de tráfico, por presunto delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y, practicándose cuantas actuaciones instructoras se consideraron necesarias, se acordó la continuación de las actuaciones por los trámites de procedimiento abreviado, señalándose fecha para la celebración de juicio.
SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal formuló acusación provisional contra el acusado por un presunto delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, previsto en el artículo 379.2 del código penal, en relación con el artículo 379.1 del mismo texto legal, solicitando imponer al acusado la pena de 6 MESES DE MULTA – a razón de 4 euros diarios, y 12 MESES DE PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR VEHÍCULOS A MOTOR Y CICLOMOTORES, así como las Costas del Procedimiento, de conformidad con el artículo 123 del Código Penal. En concepto de responsabilidad civil, el acusado, con la responsabilidad civil directa de Allianz, indemnizará al Ayuntamiento de Vegas del Condado, en la cantidad de 698,17 euros.
Por la defensa del acusado en idéntico trámite se interesó la libre absolución por estimar no constitutivos de delito los hechos de autos.
TERCERO.- Concluida la tramitación en el Juzgado de Instrucción, se remitió la causa a este Juzgado de lo Penal para su enjuiciamiento, en el que se resolvió sobre las pruebas propuestas por las partes, señalando y celebrando el correspondiente juicio oral el día 17 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas en el que una vez comenzado y antes de iniciarse la práctica de la prueba, la acusación y la defensa, con la conformidad del acusado presente, solicitaron se procediera a dictar sentencia de conformidad con el contenido del escrito provisional del Ministerio Fiscal, que, previamente a dicha petición, modificó el mismo, tal y como consta en la grabación del juicio.
CUARTO.- Al no considerar las partes necesaria la continuación del juicio, se dio por terminado, dictándose oralmente sentencia en el acto, de conformidad con el escrito definitivo de acusación, sin perjuicio de su ulterior documentación, declarándose firme al expresar las partes, conocido el fallo, su intención de no interponer recurso.
QUINTO.- En la tramitación del presente juicio se han observado las prescripciones legales.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- Se declara probado que a tenor de la conformidad prestada por el acusado con el escrito de acusación que:
XXXXXXX XXXXXXX XXXXX, con DNI número XXXXXXXX, mayor de edad y carente de antecedentes penales, sobre las 21:40 del día 6 de diciembre de 2021, el acusado conducía por el camino vecinal que transita desde la localidad de Vegas del Condado a Cerezales del Condado, en el punto kilométrico 0,200 sentido Cerezales, el vehículo de su propiedad, Renault Captur, matrícula XXXXXXXX, asegurado en la compañía Allianz, con sus facultades disminuidas a consecuencia de una previa ingestión alcohólica, lo que mermaba considerablemente su capacidad para manejar los mecanismos de dirección, control y frenado de un vehículo, así como aumentaba el tiempo de reacción ante acontecimientos imprevistos en dicha conducción, con pérdida de reflejos y de capacidad visual, a consecuencia de lo cual, se salió de la vía por el margen izquierdo, colisionando contra la barandilla metálica de protección.
Interceptado por una patrulla de la Guardia Civil, le fue practicada la prueba de alcoholemia mediante etilómetro oficialmente autorizado, arrojando un resultado de 0,75 y 0,70 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, en primera y segunda prueba respectivamente.
El acusado presentaba síntomas de embriaguez tales como rostro pálido, habla pastosa y titubeante, expresión verbal con repetición de frases e ideas, halitosis alcohólica fuerte de cerca y notoria a distancia, deambulación oscilante y ojos apagados con conjuntiva ligeramente enrojecida.
Como consecuencia de los hechos resultó con diversos desperfectos la barandilla de protección, que han sido valorados en 698,17 euros, por los que el Ayuntamiento de Vegas del Condado reclama.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Habida cuenta que antes de iniciarse la práctica de la prueba en el acto de juicio oral, se peticionó por el Ministerio Fiscal y la defensa del acusado, con el asentimiento de este último, que se procediera a dictar sentencia de conformidad con el contenido del escrito de acusación formulado por dicho Ministerio Público, y dado que la pena solicitada no excede de seis años, siendo acorde con la calificación jurídica de los hechos, como constitutivos de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, previsto en el artículo 379.2 en relación con el artículo 379.1 del código penal, procede, sin más trámites y fundamentaciones, dictar sentencia de estricta conformidad con la aceptada por las partes, todo ello en aplicación de lo dispuesto en el art. 787 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
SEGUNDO.- Las costas procesales se imponen por ley a los criminalmente responsables de todo delito o falta, (art. 123 C.P. y 240 L.E.Cr.).
FALLO
Que debo CONDENAR Y CONDENO a XXXXXXX XXXXXXX XXXXX, como autor criminalmente responsable de un delito de CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 4 MESES DE MULTA, con una cuota diaria de 4 euros, responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR VEHÍCULOS a motor y ciclomotores durante un plazo de 244 DÍAS, y abono de las costas procesales.
Condeno al acusado a que indemnice, con la responsabilidad civil directa de la compañía aseguradora Allianz, al Ayuntamiento de Vegas del Condado, en la cantidad de 698,17 euros.
Hágase entrega de la cantidad consignada judicialmente por el acusado en concepto de responsabilidad civil, al Ayuntamiento de Vegas del Condado.
Cúmplase lo dispuesto en el artículo 789.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, notificando la presente sentencia, que es FIRME, al Ministerio Fiscal, a los ofendidos y perjudicados aunque no se hayan mostrado parte en la causa.