El delito de conducción temeraria en el Código Penal

Delito de conducción temeraria

La conducción temeraria es un delito contra la seguridad vial cometido por quien conduce un vehículo de motor o ciclomotor con temeridad expresa, afectando la seguridad, integridad y la vida propia y de otras personas.

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Conducción temeraria y conducción negligente, ¿son los mismo?

El Reglamento General de Circulación expresa que los conductores deben circular con precaución y con la diligencia necesaria para evitar el daño propio y hacia los demás, cuidándose y cuidando a los ocupantes de su vehículo y al resto de los que circulan en la vía pública. Las acciones negligentes o temerarias quedan descartadas y son sancionadas.

En muchas ocasiones se suele tomar como sinónimos los términos conducción temeraria y conducción negligente, pero se trata de conceptos distintos y conllevan multas y penas distintas.

  1. Conducción negligente. Se considera que un conductor conduce de manera negligente cuando omite las reglas de conducción o es imprudente, no tiene cuidado o no está atento para evitar cometer daños a sí mismo y a otras personas o cosas. Se trata de una infracción grave e implica una multa que asciende a los 200 euros, sin que pierda puntos en la calificación de su carnet de conducir.
  2. Conducción temeraria. La conducción temeraria es la que genera riesgos y peligros tanto en el que conduce, quien ocupa el vehículo conducido, como en el resto de las personas que transitan o circulan por la vía pública. Se incluyen en esta categoría la superación de los límites de la velocidad permitida, circular en dirección contraria a la permitida, manejar bajo el efecto de drogas o alcohol. Se corre el riesgo de una multa de 500 euros y además incluye la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir.

Por lo tanto, entre la conducción negligente y temeraria la diferencia es el grado de riesgo o peligro, por lo que puede llegar a convertirse en un delito.

Quien cometa este delito puede ser penado con penas de prisión que van desde los 6 meses a los 2 años y pueden retirarle el permiso para poder conducir en un plazo que va desde 1 y 6 años si el conductor circula de manera temeraria y pone en peligro su vida y la integridad y la vida de las personas.

Esta pena se puede presentar con un agravante que considere que la conducta de la persona se realizó con manifiesto desprecio por la vida de los demás. Si se considera este agravante, la Justicia Penal prevé una prisión de 2 a 5 años, multas dinerarias y la privación de uso del carnet de conducir que va desde los 6 a los 10 años.

Tipo penal y elementos del delito de conducción temeraria

La conducción con temeridad manifiesta, que pone en peligro la integridad y la vida de las personas mientras se conduce vehículos de motor o ciclomotores, se sostiene sobre dos cuestiones o elementos:

  • Una notoria inobservancia y desatención de las normas que regulan el tráfico.
  • El peligro concreto de la integridad y la vida de las personas que usan la vía pública.

Para que se considere este tipo de delito el riesgo debe ser concreto, no supuesto ni abstracto. El delito exige una ejecución dolosa y no imprudente para los usuarios de la vía. Incluye la huida de la persecución de la policía.

Temeridad manifiesta

La conducta típica en este tipo penal es la temeridad manifiesta.

Este concepto se considera cuando se supone la inobservancia total y absoluta de las reglamentaciones del tráfico de vehículos, donde existe un claro, patente y apreciable error en la conducción.

No se trata de una infracción administrativa, sino que requiere de una continuidad espacio temporal o perseverancia en la comisión del delito, que conlleva a múltiples infracciones administrativas.

Se debe acreditar en este caso que hubo personas, incluso si no pudieran llegar a identificarse, que sufrieron en su integridad física o expusieron su vida. No es un peligro abstracto y aparente, sino que debe ser concreto.

Se trata de un delito de mano propia, donde es el autor quien realiza la acción sin perjuicio de otros partícipes, inductores o colaboradores. Es un delito especial propio donde es autor quien conduce el vehículo a motor o ciclomotor.

Estos actos temerarios incluyen, por ejemplo:

  • La circulación en sentido contrario al permitido: a gran velocidad el conductor se desvía, saltando la línea medianera con tráfico denso para retomar la otra vía en sentido contrario, hasta chocar con un vehículo.
  • La circulación por la vía peatonal a gran velocidad: el conductor sube a la vía peatonal atropellando a transeúntes que circulan por ella.
  • Adelantamiento indebido con velocidad excesiva: el conductor adelantó en lugares prohibidos con velocidad excesiva, obligando a quienes circulan en sentido contrario a salir del carril contrario realizando maniobras de emergencia, de manera peligrosa, para evitar el accidente vial.

Conducción temeraria agravada

Cuando las acciones del conductor pongan en su acto delictivo un especial desprecio por la vida humana, se castigará con penas de prisión que van desde los 2 a los 5 años de prisión, se le privará del derecho de conducir por un período de 6 a 10 años tanto vehículos a motor como ciclomotores.

Este es un delito que se aplica en casos como las carreras ilegales de coches o donde la temeridad cobre un grado mayor.

Incursión en otros delitos

Hay otros delitos que pueden cometerse junto al de la conducción temeraria. Se le pueden imputar al conductor los actos siguientes:

  1. No querer hacer la prueba en los controles policiales.
  2. Negarse a soplar el etilómetro.
  3. Escapar del lugar del accidente.
  4. Haber matado a una persona en ese acto.
  5. Estar drogado o alcoholizado.
  6. No tener el carnet de conducir.
  7. Conducir con excesiva velocidad.

Los conductores deben saber que al conducir deben respetar reglamentaciones de tráfico y ser responsables por el cuidado de su propia vida y de la de los usuarios de la vía.

Aunque el cuidado de la vida de todos, propia y ajena, es lo más importante, al infringir las reglas el conductor se enfrenta a graves infracciones, penadas incluso con años de prisión.

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