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Juicios rápidos por alcoholemia en Marchena
Incurre en un delito de alcoholemia la persona que conduce un vehículo a motor o un ciclomotor bajo los efectos de las bebidas alcohólicas y en el test de alcoholemia obtenga una tasa de alcohol que sobrepase los 0,60 mg/l de aire espirado.
El delito de alcoholemia está regulado en el artículo 379 del Código Penal, dentro del capítulo dedicado a los delitos contra la seguridad vial.
La persona que cometa un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas se enfrentará a una serie de penas como son:
- Prisión de 3 a 6 meses.
- La multa de 6 a 12 meses.
- Los trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- La pérdida del carnet de conducir de uno a cuatro años.
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También defendemos a clientes en juicios rápidos en Almería, Granada, Málaga, Jaén, Córdoba, Cádiz y Huelva.